El 18 de marzo de 2026 entra en vigor la Directiva (UE) 2026/470, conocida como el Paquete Ómnibus I, adoptada el 24 de febrero y publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el 26 de febrero de 2026.
El Paquete Ómnibus I modifica en profundidad dos de las normativas ESG más relevantes para las empresas europeas: la CSRD (Directiva de Información Corporativa en materia de Sostenibilidad) y la CSDDD (Directiva de Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad Corporativa). Su objetivo es reducir cargas administrativas y simplificar obligaciones, sin renunciar a los compromisos del Pacto Verde Europeo.
En este artículo te explicamos qué cambia exactamente, cuándo aplica y qué debe hacer tu empresa ahora.
Qué cambia en la CSRD con el Paquete Ómnibus I
Nuevo perímetro: ¿quién está obligado?
La CSRD pasa a aplicarse únicamente a empresas o grupos que cumplan los dos criterios a la vez:
- Más de 1.000 empleados
- Facturación neta superior a 450 millones de euros
Con el Paquete Ómnibus I desaparece el sistema de olas: todas las empresas obligadas comparten el mismo umbral y el mismo calendario. El resultado práctico es que el ~90% de las empresas inicialmente incluidas quedan fuera de la obligación inmediata.
Calendario oficial de la CSRD
| 18 mar 2026 | Entrada en vigor del Paquete Ómnibus I |
| 19 jul 2026 | Normas VSME voluntarias — Acto Delegado |
| 18 sep 2026 | ESRS simplificados — Acto Delegado |
| 1 jul 2027 | Normas de verificación limitada |
| 19 mar 2027 | Transposición nacional (España y UE) |
| 1 ene 2027 | Primer ejercicio financiero obligatorio |
| 2028 | Primer informe de sostenibilidad publicado |
ESRS simplificados: ¿qué cambia y cuándo?
La Comisión Europea tiene hasta el 18 de septiembre de 2026 para publicar los ESRS revisados mediante Acto Delegado. Los cambios incluyen:
- Reducción del 61% de las divulgaciones obligatorias
- Eliminación de todas las divulgaciones voluntarias
- Priorización de indicadores cuantitativos sobre texto descriptivo
- Mayor interoperabilidad con los estándares ISSB
- Simplificación de la información sobre cadena de valor
Protección legal para empresas de la cadena de valor
Una novedad clave del Paquete Ómnibus I es que las empresas con menos de 1.000 empleados que formen parte de la cadena de valor quedan protegidas legalmente. Tienen derecho a:
- Negarse a facilitar información que exceda las normas VSME
- Rechazar cláusulas contractuales que exijan más datos de los permitidos
- Ser informadas expresamente de qué información se les solicita y de su derecho a rechazarla
Portal digital europeo de sostenibilidad
La Comisión creará un portal digital europeo con plantillas y orientación práctica para el reporte, tanto para empresas obligadas como para las que reporten voluntariamente. Estará disponible próximamente.
Qué cambia en la CSDDD con el Paquete Ómnibus I
Nuevo perímetro de la CSDDD
Con el Paquete Ómnibus I, la CSDDD aplica solo a empresas con:
- Más de 5.000 empleados
- Volumen de negocio mundial superior a 1.500 millones de euros
Principales cambios de fondo
- Enfoque basado en riesgos en dos fases: primero un ejercicio exploratorio con información disponible; después, evaluación en profundidad donde los riesgos sean más graves y probables.
- Eliminación de los planes de transición climática: el artículo 22 queda suprimido (esta obligación se mantiene solo en la CSRD).
- Tope de sanciones del 3% del volumen de negocios mundial neto.
- Sin responsabilidad civil armonizada a nivel europeo, se rige por los ordenamientos nacionales.
- Consulta con partes interesadas solo en fases concretas del proceso y con personas directamente afectadas.
Calendario oficial de la CSDDD
| 18 mar 2026 | Entrada en vigor del Paquete Ómnibus I |
| 26 jul 2027 | Directrices generales de la Comisión |
| 26 jul 2028 | Transposición nacional |
| 26 jul 2029 | Aplicación efectiva |
| 26 jul 2031 | Primer informe de revisión |
Las empresas exentas del Paquete Ómnibus I: ¿pueden ignorar la sostenibilidad?
Que el ~90% de las empresas queden fuera del perímetro obligatorio no elimina la presión del mercado:
- Los inversores y entidades financieras siguen exigiendo datos ESG para acceder a financiación verde.
- Las grandes corporaciones que reportan seguirán solicitando datos a su cadena de valor (limitados al estándar VSME).
- Los clientes y licitaciones públicas incorporan criterios ESG de forma creciente.
La opción estratégica recomendada para las empresas exentas es adoptar voluntariamente el estándar VSME (Voluntary Standard for SMEs) bajo doble materialidad. La propia Directiva formaliza este estándar y encomienda a la Comisión su publicación antes del 19 de julio de 2026.
¿Qué debe hacer tu empresa ahora?
Si tu empresa está obligada (>1.000 empleados y >450M€)
- Verificar el perímetro exacto del grupo consolidado
- Seguir la transposición nacional — en España, la nueva normativa deberá aprobarse antes del 19 de marzo de 2027; hasta entonces, sigue vigente la Ley 11/2018
- Revisar los ESRS simplificados cuando se publique el Acto Delegado (antes de septiembre 2026)
- Preparar los sistemas de datos para reportar sobre el ejercicio 2027
- Revisar contratos con proveedores para adaptarlos a los límites de información exigibles a «empresas protegidas»
Si tu empresa queda exenta del Paquete Ómnibus I
- Evaluar la estrategia ESG voluntaria: qué nivel de alineación conviene mantener.
- Analizar las exigencias reales de tu cadena de valor.
- Considerar el VSME como marco de referencia proporcional y creíble.
- No paralizar iniciativas en curso: lo avanzado en ESG tiene valor de mercado más allá del cumplimiento normativo.
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Fuente oficial: Directiva (UE) 2026/470 — Diario Oficial de la UE