⚠️  El contenido de este artículo corresponde al proyecto de Real Decreto de centros de datos sometido a audiencia pública por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El texto todavía no está aprobado ni publicado en el BOE y puede modificarse durante su tramitación.

El 27 de agosto, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico abrió el trámite de audiencia pública del proyecto de Real Decreto de Centros de Datos («Real Decreto por el que se regulan los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos»). Dos semanas después había recibido más de 600 alegaciones, buena parte de ellas del propio sector. No es habitual que una consulta técnica sobre energía genere tanto volumen de respuesta, y el motivo es sencillo: por primera vez, España plantea límites concretos de eficiencia energética e hídrica, exige generación renovable adicional y verificada hora a hora, y condiciona el acceso a la red eléctrica al cumplimiento de estos requisitos.

 

¿A qué centros de datos afecta?

El proyecto se aplica a centros de datos con una potencia de acceso a la red igual o superior a 1 MW. Las obligaciones de comunicación pública de datos de rendimiento energético, uso de renovables y huella hídrica se activan, en cambio, a partir de 500 kW de potencia de tecnología de la información. Para quienes ya tiene un centro operando la norma no le afecta. En cambio, quienes tienen una solicitud de acceso y conexión presentada pero todavía sin resolución favorable, sí quedarían sujetos a los nuevos requisitos aunque la haya presentado antes de la entrada en vigor.

 

Eficiencia energética e hídrica: PUE y WUE bajo la lupa

Hasta que el sistema de etiquetado europeo entre en aplicación, previsto para agosto de 2027, el proyecto fija valores transitorios calculados según el Reglamento Delegado (UE) 2024/1364:

  • PUE (Power Usage Effectiveness) máximo de 1,15.
  • WUE (Water Usage Effectiveness) máximo de 0,1.

Son los valores de la clase «A» de la futura escala europea: la exigencia más alta posible, no un término medio, y confirman algo que ya veníamos señalando al hablar del estrés hídrico y energético en centros de datos en España: agua y red eléctrica son los dos límites físicos del sector, y ahora empiezan a tener número concreto.

El 80% hora a hora: el requisito que ha dividido al sector

El requisito explica buena parte de esas 600 alegaciones es la correlación horaria. Al menos el 80% del consumo eléctrico del centro debe estar cubierto, en cada hora del año, por generación renovable producida en esa misma hora, no sirven las garantías de origen ni un cómputo en balance anual. A esto se suma la adicionalidad, refiriéndose a esa energía tiene que venir de instalaciones renovables nuevas, puestas en servicio como máximo 18 meses antes de que el centro entre en funcionamiento. Es el mismo esquema que la regulación europea ya aplica al hidrógeno renovable, y el sector lo describe como el punto más difícil de cumplir sin acabar sobredimensionando la capacidad instalada.

En el caso de que la generación renovable del sistema eléctrico nacional supera el 90% durante un año, los centros pueden acceder sin acreditar nada de esto, aunque con un número máximo de horas de consumo de red que publica cada año la Secretaría de Estado de Energía.

 

¿Dónde tienen que vivir los datos?

Los operadores deberán estar establecidos en la Unión Europea y presentar una declaración responsable sobre resiliencia y soberanía digital antes de la puesta en explotación del centro. Para los sistemas del sector público sujetos al Esquema Nacional de Seguridad, la exigencia es más estricta: datos, metadatos, registros, réplicas y copias de seguridad deberán tratarse, almacenarse y transferirse exclusivamente dentro de la Unión Europea.

 

Qué pasa si no se cumple

Y no es solo una cuestión de reputación. El proyecto prevé recargos mensuales sobre los peajes eléctricos que escalan según el grado de incumplimiento: hasta el 500% en materia de adicionalidad cuando la cobertura renovable adicional es inferior al 20% del consumo anual, y recargos de entre el 10% y el 50% por incumplimientos de correlación horaria. En los casos más graves y reiterados, la consecuencia es la pérdida del permiso de acceso y conexión a la red.

 

Real Decreto de Centros de Datos: dónde está ahora la tramitación

La consulta, que según la web de MITECO iba a cerrarse el 4 de septiembre, se amplió hasta el 10 por la cantidad de respuestas recibidas. Según medios especializados que cubrieron el cierre del trámite, el proyecto recibió las mismas 600 alegaciones con las que empezaba este artículo, muchas de ellas pidiendo flexibilizar sobre todo el requisito de correlación horaria. El texto sigue ahora su camino hacia la aprobación definitiva en Consejo de Ministros, así que lo que hemos descrito aquí todavía puede cambiar antes de llegar al BOE.

 

Qué significa para quienes desarrollan o gestionan centros de datos

Si el Real Decreto de Centros de Datos se aprueba en términos similares a los planteados, el mensaje de fondo para promotores, inversores y operadores es este: la sostenibilidad deja de ser una casilla que marcar y pasa a ser una condición para acceder a la red eléctrica. Medir el PUE y el WUE reales, estructurar los contratos de energía renovable con criterios de adicionalidad, documentar la trazabilidad de los datos desde la fase de diseño, todo eso, que hasta ahora era buena práctica, pasaría a ser requisito administrativo.

En INERIA seguimos de cerca

En INERIA seguimos de cerca cómo evoluciona este proyecto y ayudamos a nuestros clientes a entender qué implica para sus centros de datos, desde las primeras decisiones. Si estás desarrollando o gestionando uno en España, hablemos de cómo te afecta.